INFORMACIÓN LEGAL
CONDICIONES DE DEVOLUCIÓN FLEXIBLES
Todas las actividades de la temporada 2020/21 gozarán de unas condiciones de devolución adaptadas a la situación actual.
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CONDICIONES COVID-19
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Si debido a la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, la actividad en la te has apuntado se cancela por causas de fuerza mayor, restricciones del Gobierno o razones de seguridad, la cancelación de la reserva NO implicará gastos de cancelación y te devolveremos el importe íntegro de la cuota de la actividad, exceptuando la cuota de socio/a*.
La devolución de la cuota de la actividad se realizará según los siguientes supuestos establecidos:
0.- Positivo en Covid antes de tu salida hacia el inicio de la actividad: Si das positivo en Covid-19 antes del inicio de la actividad y nos mandas un justificante médico que lo acredite, te devolveremos la cuota pagada (menos la *cuota de socio/a).
1.- Fiebre antes del inicio de la actividad:
Caso 1.1: Si tienes fiebre antes de tu salida hacia en punto de inicio de la actividad y lo justificas con un parte médico, NO podrás participar en la actividad, pero te devolveremos la cuota pagada (menos la *cuota de socio/a).
Caso 1.2: Si a la llegada al punto de inicio de la actividad tienes fiebre. NO podrás participar en la actividad, pero te devolveremos la cuota pagada (menos la *cuota de socio/a).
2.- Positivo en Covid a tu llegada al punto de inicio de la actividad: Si a la llegada al punto de inicio de la actividad das positivo en el test rápido de Covid-19, NO podrás participar en la actividad, pero te devolveremos la cuota pagada (menos la *cuota de socio/a) y los gastos derivados del test rápido (en torno a los 25€).
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CONDICIONES ESTÁNDART ADAPTADAS
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1.- Antes de 20 días del inicio de la actividad: podrás solicitar la devolución del total de la cuota pagada (a excepción de la cuota de socio/a):
Caso 1.1: Si la petición de devolución está justificada en los siguientes casos: por enfermedad grave, fallecimiento o accidente del solicitante o de un familiar de primer grado de consanguinidad. Se devolverá el importe total de la cuota (menos la *cuota de socio/a) siempre que se comunique por escrito antes del inicio de la actividad y se justifique mediante documentación acreditativa oficial (parte de baja laboral, informe hospitalario e informe del médico de familia).
– No será válido presentar un justificante de una enfermedad crónica o enfermedad propia o de un familiar que esté diagnosticada previamente a la fecha de inscripción en la actividad.
– La enfermedad o accidente deberán estar catalogados como graves y las secuelas, recuperación o tratamiento del mismo deben impedir la asistencia al viaje.
– Enfermedades o accidentes no graves, que no imposibiliten la participación en la actividad no serán tenidos en cuenta para la devolución.
Caso 1.2: Por renuncia expresa del participante, sin justificación: se devolverá el 50% de la cuota de la actividad.
2.- A 20 días o menos del inicio de la actividad, y sin existir ningún tipo de restricción por parte del Gobierno para poder realizarse la actividad:
Caso 2.1: Si la petición de devolución está justificada en los siguientes casos: por enfermedad grave, fallecimiento o accidente del solicitante o de un familiar de primer grado de consanguinidad. Se devolverá el importe total de la cuota (menos los servicios (ya pagados por la asociación y que no son recuperables) y la cuota de socio/a).
– No será válido presentar un justificante de una enfermedad crónica o enfermedad propia o de un familiar que esté diagnosticada previamente a la fecha de inscripción en la actividad.
– La enfermedad o accidente deberán estar catalogados como graves y las secuelas, recuperación o tratamiento del mismo deben impedir la asistencia al viaje.
– Enfermedades o accidentes no graves, que no imposibiliten la participación en la actividad no serán tenidos en cuenta para la devolución.
Caso 2.2: Por renuncia expresa del participante, sin justificación: NO se devolverá nada de la cuota de participación.
*Cuota de socio/a: Recordamos que pagar la cuota de socio/a, es un trámite legal que se debe cumplir para participar en las actividades de la asociación acorde a la Ley 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Si en el momento de la inscripción, no eres socio/a, con esos 50€ pagamos tu cuota anual de socio/a. Es un gesto de bienvenida que tenemos contigo. Así no tendrás que pagar la cuota adicionalmente a la cuota de la actividad.
Si ya eres socio/a en el momento de la inscripción, esos 50€ los empleamos en los proyectos y gastos generales de la asociación. Esta aportación es básica para la supervivencia de la asociación y todos los proyectos derivados de la actividad de la misma.
Por lo tanto, en caso de devolución, la cantidad a devolver se calculará siempre restando de la cantidad pagada 50€.
Condiciones vigentes para nuevas inscripciones a partir del 01/10/2020 y hasta que finalice la crisis actual provocada por la pandemia.